Para Miembros y Cuidadores

¿Puedo cancelar la Parte B de Medicare?

Puede terminar la Parte B cuando quiera. La pregunta más difícil es cuánto le costará volver. Aquí están los pasos, los plazos y los riesgos.

Esta es la respuesta corta. Sí, puede cancelar la Parte B de Medicare en cualquier momento. Usted usa el Formulario CMS-1763 y lo envía a su oficina local del Seguro Social. Su cobertura de la Parte B termina el último día del mes siguiente al mes en que envíe el formulario. El riesgo viene después. Si quiere la Parte B otra vez, solo puede inscribirse en ciertas épocas, y es posible que pague una penalización por inscripción tardía mientras tenga la Parte B. La penalización no se aplica en algunos casos, como cuando deja la Parte B porque tiene cobertura a través del trabajo.

Antes de cancelar. Revise si su otra cobertura necesita la Parte B y revise cómo funcionaría volver a inscribirse. Las secciones siguientes explican ambos temas.

Cómo cancelar la Parte B, paso a paso

  1. Obtenga el Formulario CMS-1763. Se llama "Solicitud de terminación de la Prima de Medicare Parte A, Parte B o cobertura de medicamentos inmunosupresores de la Parte B (Parte B-ID)".
  2. Llénelo. Elija la Parte B. Anote su número de Medicare y el mes y año en que quiere que termine la cobertura. Fírmelo y féchelo.
  3. Envíelo al Seguro Social. Envíe por correo o fax el formulario firmado a su oficina local del Seguro Social. Encuentre una oficina en SSA.gov/locator. También puede llamar al Seguro Social al 1-800-772-1213.
  4. Anote la fecha de terminación. La cobertura termina el último día del mes siguiente al mes en que presente el formulario. Por ejemplo, si lo envía el 5 de abril, la cobertura termina el 31 de mayo.
  5. ¿Cambió de opinión? Comuníquese con el Seguro Social antes de la fecha en que termina su cobertura.

La Parte A de Medicare funciona de otra manera. Solo puede terminar la Parte A si paga una Prima por ella. Si usted paga una Prima por la Parte A, terminar la Parte B también termina su Parte A.

Si acaba de recibir Medicare automáticamente

Si ya recibe beneficios del Seguro Social, recibe la Parte A y la Parte B automáticamente a los 65 años. Si no quiere la Parte B, avise al Seguro Social antes de la fecha de inicio de cobertura que aparece en su tarjeta de Medicare. Si no hace nada, conserva la Parte B y la Prima se descuenta de su beneficio del Seguro Social.

Lo que puede costarle más adelante dejar la Parte B

La Penalización por Inscripción Tardía no es un cargo único. Se suma a su Prima mensual, y por lo general la paga mientras tenga la Parte B.

Para conocer todas las reglas de la penalización, vea las penalizaciones por inscripción tardía de Medicare.

La excepción de la cobertura por trabajo

Muchas personas retrasan la Parte B a propósito porque tienen cobertura a través de un trabajo actual. Si es su caso, puede inscribirse en la Parte B:

Por lo general, no paga una penalización si se inscribe dentro de este plazo. Debe ser cobertura de un trabajo actual, suyo o de su cónyuge. COBRA, la cobertura de jubilados y la cobertura de VA no cuentan. Como COBRA no cuenta, dejar la Parte B mientras tiene COBRA puede llevar a una penalización. Vea COBRA y Medicare y Trabajar después de los 65 años.

Cobertura que necesita la Parte B

Algunas coberturas dependen de que usted conserve la Parte B. Revise estas primero:

Si tiene una cuenta de ahorros para gastos de salud, lea también las cuentas HSA y Medicare. Si el costo es la razón por la que quiere dejar la Parte B, vea si un Programa de Ahorro de Medicare podría pagar su Prima.

Preguntas frecuentes

¿Puedo cancelar la Parte B de Medicare?

Sí. Puede terminar la Parte B en cualquier momento enviando el Formulario CMS-1763 a su oficina local del Seguro Social.

¿Cuándo termina mi Parte B después de cancelarla?

El último día del mes siguiente al mes en que presente el formulario.

¿Pagaré una penalización si me inscribo de nuevo?

A menudo sí. Usted paga un 10% adicional por cada período completo de 12 meses en que pudo haber tenido la Parte B y no la tuvo. Por lo general, no hay penalización si estaba cubierto por un plan a través del trabajo y se inscribe dentro del plazo permitido.

¿Puedo cancelar la Parte B y conservar la Parte A?

Sí, si su Parte A no tiene Prima. Solo puede terminar la Parte A si paga una Prima por ella.

Fuentes oficiales

Verifique antes de actuar. MediPrimer es información educativa general y no está afiliado a ninguna agencia ni aseguradora. Dejar la Parte B puede tener costos duraderos. Hable con el Seguro Social, con la oficina de beneficios de su empleador o con su SHIP antes de decidir.