Cómo el Tamaño del Empleador Determina el Orden de Cobertura
El tamaño de su empleador es el factor más importante en cómo funcionan juntos Medicare y el plan de su empleador. Una regla federal llamada Coordinación de Beneficios decide qué plan es "primario": el que paga primero sus facturas médicas.
| Tamaño del Empleador | Estado de Medicare | Qué Significa Esto para Usted |
|---|---|---|
| 20 empleados o más | Generalmente secundario: el plan del empleador paga primero | La cobertura de su empleador generalmente es primaria mientras usted esté empleado activamente. A menudo puede retrasar la inscripción en la Parte B de Medicare sin penalización mediante un Período Especial de Inscripción cuando termine su cobertura. |
| Menos de 20 empleados | Generalmente primario: Medicare paga primero | Medicare generalmente paga antes que el plan de su empleador. Por lo general, necesita inscribirse tanto en la Parte A como en la Parte B de Medicare cuando cumple 65 años, incluso si sigue trabajando, para evitar penalizaciones por inscripción tardía. |
Inscripción en la Parte B de Medicare: Retrasar vs. Inscribirse Ahora
El momento importa más para la Parte B de Medicare (seguro médico). Generalmente, se inscribe en la Parte A de Medicare (seguro de hospital) al cumplir 65 años porque suele ser gratuita. La Parte B de Medicare funciona de manera diferente.
Si su empleador tiene 20 o más empleados
Si tiene buena cobertura a través de un empleador grande, generalmente puede retrasar la inscripción en la Parte B de Medicare sin penalización. Esto se llama Cobertura Acreditable: cobertura que es tan buena como la de Medicare. Cuando termina la cobertura de su empleador (porque se jubila, cambia de trabajo, es despedido o el empleador termina el plan), obtiene un Período Especial de Inscripción para inscribirse en la Parte B de Medicare sin penalización. No importa cuánto tiempo esperó.
La palabra clave es calificante. La cobertura debe ser un seguro de salud real, no un beneficio de jubilado que solo comienza después de que deja la empresa. Tampoco puede ser un plan que lo deje sin seguro cuando cumpla 65 años.
Si su empleador tiene menos de 20 empleados
Es probable que Medicare sea el pagador primario. Por lo general, necesita inscribirse en la Parte B de Medicare a los 65 años para evitar una penalización por inscripción tardía, incluso si está trabajando. La penalización por inscripción tardía es permanente. Aumenta su prima de la Parte B de Medicare en un 10% por cada año que retrasa la inscripción. Paga esta cantidad adicional de por vida. Si espera 2 años, paga 20% más para siempre. Si espera 5 años, paga 50% más para siempre.
La penalización de la Parte B de Medicare y la inscripción tardía
Incluso si tiene cobertura del empleador, retrasar la inscripción en la Parte B de Medicare sin Cobertura Acreditable puede costarle dinero. La penalización aplica cuando:
- Retrasa la inscripción y su empleador tiene menos de 20 empleados.
- Retrasa la inscripción y su cobertura no califica como acreditable.
- Tiene un vacío en la cobertura acreditable de más de 63 días.
Una vez que recibe una penalización, permanece en su prima de la Parte B de Medicare para siempre. Este es un error costoso que debe evitar.
Una Advertencia Crítica sobre la HSA: la Parte A y las Nuevas Contribuciones
Si tiene una Cuenta de Ahorros para la Salud (HSA) a través del plan de deducible alto de su empleador, inscribirse en la Parte A de Medicare tiene una consecuencia importante: ya no puede hacer nuevas contribuciones a una HSA, incluso si sigue inscrito en el plan de deducible alto y sigue trabajando.
Si usa su HSA para ahorrar en impuestos, el momento de su inscripción en la Parte A de Medicare importa. La Parte A de Medicare puede comenzar hasta 6 meses antes del mes en que solicita, así que las contribuciones generalmente deben detenerse 6 meses antes. Nuestra guía sobre las contribuciones a la HSA y Medicare explica la regla de los 6 meses y quién puede retrasar la inscripción de forma segura. Hable con su administrador de beneficios y su asesor fiscal para entender el impacto en su situación.
El Período Especial de Inscripción Cuando Se Jubila o Pierde la Cobertura
El Período Especial de Inscripción es la forma de evitar la penalización de la Parte B de Medicare si retrasó la inscripción mientras trabajaba. Cuando termina la cobertura de su empleador (cuando se jubila, cambia de trabajo, pierde su empleo o su empleador deja de ofrecer el plan), tiene 8 meses calendario para inscribirse en la Parte B de Medicare sin penalización.
Esta es la regla clave de tiempo: el Período Especial de Inscripción lo protege de la penalización siempre que se inscriba dentro de los 8 meses posteriores a la pérdida de la cobertura.
Para más detalles sobre cómo funciona el Período Especial de Inscripción y qué cuenta como "pérdida de cobertura", vea Inscripción y Plazos y Jubilarse o Perder la Cobertura.
¿Qué Pasa con COBRA o la Cobertura de Jubilados?
Muchos empleadores ofrecen cobertura COBRA (Ley Ómnibus Consolidada de Reconciliación Presupuestaria). Esto le permite permanecer en el plan de salud del empleador por un tiempo limitado, generalmente 18 meses, después de dejar el trabajo. Algunos empleadores también ofrecen beneficios de salud para jubilados: planes específicamente para personas que se han jubilado de la empresa.
Coordinación entre COBRA y Medicare
COBRA por sí sola generalmente no es Cobertura Acreditable para retrasar la Parte B de Medicare. Esto significa que COBRA por sí sola generalmente no lo protege de la penalización de la Parte B de Medicare si tiene menos de 65 años y solo tiene cobertura COBRA. Una vez que cumple 65 años y se inscribe en Medicare, COBRA típicamente termina o se vuelve secundaria.
El momento es la trampa. Su Período Especial de Inscripción de 8 meses para la Parte B de Medicare comienza cuando termina su trabajo o la cobertura basada en el empleo, incluso si toma COBRA. Cuando COBRA termina más tarde, generalmente no obtiene un nuevo Período Especial de Inscripción. Lea COBRA y Medicare: por qué COBRA no retrasará la Parte B de Medicare antes de decidir mantenerse en COBRA después de los 65 años.
La cobertura de jubilados y la Parte B de Medicare
Algunos planes de jubilados patrocinados por el empleador sí califican como Cobertura Acreditable para la Parte B de Medicare. Esto varía ampliamente según el empleador y el plan. Pregunte a su administrador de beneficios para confirmar si su plan de jubilado califica antes de decidir retrasar la Parte B de Medicare.
Para más información sobre cómo funciona la cobertura de jubilados con Medicare, vea Jubilarse o Perder la Cobertura.
Coordinación de Beneficios: Cómo Funcionan Realmente los Pagos
Una vez que tanto Medicare como el plan de su empleador están activos, las reglas de coordinación determinan cuál paga primero y cuánto.
Cuando la cobertura del empleador es primaria
El plan de su empleador recibe y procesa su reclamación primero. Paga según sus propias reglas. Medicare ni siquiera ve la reclamación inicialmente. Si el plan del empleador paga menos de lo que pagaría Medicare, entonces Medicare paga su parte (hasta lo que habría pagado). Esto solo ocurre después de que el plan del empleador haya pagado.
Cuando Medicare es primario
Medicare procesa la reclamación primero. Luego, el plan de su empleador coordina con Medicare y puede pagar su parte. Por lo general, esto significa que Medicare paga primero, y el plan del empleador cubre parte de lo que queda.
De cualquier manera, usted es responsable de lo que ningún plan cubre (su deducible, el coaseguro (su porcentaje de los costos), y los costos de bolsillo). La coordinación no elimina sus costos; solo determina el orden en que pagan los planes.
Pasos Clave a Seguir Antes de Cumplir 65 Años
- Pregunte a su empleador sobre el tamaño y la cobertura. Comuníquese con su departamento de Recursos Humanos o de beneficios. Pregunte: ¿Tiene su empleador 20 empleados o más? ¿Qué tipo de cobertura de salud ofrecen? ¿Está disponible para usted a los 65 años?
- Averigüe si su cobertura es acreditable. Pregunte si el plan de su empleador califica como Cobertura Acreditable para la Parte B de Medicare. Trate de obtener esta respuesta por escrito.
- Revise su situación de la HSA. Si tiene una HSA, entienda cómo la inscripción en la Parte A de Medicare afecta las futuras contribuciones. Hable con su asesor fiscal sobre el momento adecuado.
- Determine su estado de inscripción en la Parte B de Medicare. Según el tamaño de su empleador y el tipo de cobertura, decida si necesita inscribirse en la Parte B de Medicare a los 65 años o si puede retrasarla de forma segura. En caso de duda, comuníquese con el Seguro Social.
- Guarde el aviso de cobertura de su empleador. Cuando termine la cobertura de su empleador, necesitará prueba de cuándo terminó la cobertura para reclamar su Período Especial de Inscripción. Conserve todos los avisos y documentos del plan.
Confirmar las Reglas para Su Situación
Las reglas de coordinación de Medicare son complejas. A menudo dependen de detalles específicos del plan de su empleador y de su situación laboral. Las reglas aquí son generales; su situación exacta puede diferir.
- El administrador de beneficios de su empleador: para detalles sobre su plan específico y si califica como Cobertura Acreditable.
- La Administración del Seguro Social en ssa.gov o al 1-800-772-1213: para confirmar su estado de inscripción en la Parte B de Medicare y las opciones del Período Especial de Inscripción.
- Medicare.gov o 1-800-MEDICARE (1-800-633-4227): para información sobre el momento de inscripción en la Parte A y la Parte B de Medicare.