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Jubilación o pérdida de la cobertura del trabajo

Cuando termina el plan de salud de su empleador, usted obtiene acceso a un Período Especial de Inscripción. Conozca sus opciones (COBRA, Medicare, el Mercado de Seguros, el plan de su cónyuge o Medicaid) y cuándo debe actuar.

Esta es la respuesta corta. Perder la cobertura del trabajo da lugar a un Período Especial de Inscripción, que le da un plazo limitado para inscribirse en una nueva cobertura de salud. Según su edad y sus ingresos, sus opciones incluyen COBRA, Medicare, el Mercado de Seguros de la ACA, el plan de su cónyuge o Medicaid. Cada una tiene costos, plazos y ventajas y desventajas distintos.

Cómo evitar una interrupción entre la cobertura del trabajo y Medicare

Puede haber una interrupción en la cobertura de Medicare si la cobertura del trabajo termina antes de que empiece la Parte B de Medicare. Estos son los datos más importantes para evitarla:

Para seguir recibiendo atención sin interrupciones, inscríbase en la Parte B de Medicare mientras todavía tiene la cobertura del trabajo, o de inmediato cuando termine. Llame a su consejero de SHIP si no está seguro de sus fechas.

Sus derechos cuando termina la cobertura

Si su cobertura de salud del trabajo termina porque usted se jubiló, perdió su empleo, le redujeron las horas o por otro motivo que califique, la ley federal le da derechos específicos. No tiene que esperar a la Inscripción Abierta para cambiar de plan. Y no le pueden negar cobertura por afecciones preexistentes.

Lo más importante es que perder la cobertura del trabajo da lugar a un Período Especial de Inscripción (SEP). Este es un plazo limitado para inscribirse en una nueva cobertura fuera de la temporada normal de inscripción. Entender este plazo y sus opciones es clave para evitar interrupciones en la cobertura y facturas inesperadas.

El Período Especial de Inscripción

Un Período Especial de Inscripción es un tiempo limitado para inscribirse en una cobertura de salud después de un cambio importante en la vida. Perder la cobertura del trabajo le da derecho a un Período Especial de Inscripción tanto en Medicare (si tiene 65 años o más, o si es elegible por otro motivo) como en el Mercado de Seguros de la ACA (si tiene menos de 65 años).

La fecha límite de su Período Especial de Inscripción depende del tipo de cobertura en la que se inscriba:

El plazo es corto. Si lo deja pasar, puede quedarse sin cobertura o tener que esperar al próximo período de inscripción abierta.

Comparación de sus opciones

Cuando termina la cobertura, normalmente tiene varias opciones. La correcta depende de su edad, sus ingresos, su estado de salud y lo que necesita que se cubra. Así se comparan:

Opción Tipo de cobertura Ventajas típicas Desventajas típicas
COBRA Continuación de su plan del empleador (temporal) Red y plan conocidos; lo mantiene con la misma cobertura; dura hasta 18 meses Usted paga la Prima completa más un cargo administrativo (a menudo el 102% del costo); no cuenta como Cobertura Acreditable para la Parte B de Medicare; puede causar una penalización de por vida en la Parte B de Medicare si retrasa la inscripción
Medicare Programa federal para personas de 65 años o más y algunas personas más jóvenes con discapacidad Cobertura en todo el país; beneficios estables y definidos; generalmente costos más bajos después del Deducible; cobertura de medicamentos disponible Requiere inscripción en las Partes A y B (el momento es clave para evitar penalizaciones); puede no cubrir servicios como los dentales o de la vista; usted debe decidir sobre la cobertura complementaria o los planes Medicare Advantage
Mercado de Seguros de la ACA Planes privados individuales o familiares (regulados por la ACA) Sin Período de Espera; se cubren las afecciones preexistentes; hay Subsidios si sus ingresos califican; muchos planes para elegir Interrupciones en la cobertura si deja pasar la fecha límite del Período Especial de Inscripción; las Primas pueden ser altas sin Subsidios; los Deducibles y los límites de gastos de bolsillo varían según el plan
Plan del cónyuge Cobertura del empleador a través del empleo de su cónyuge Puede tener Primas más bajas o mejores beneficios; cobertura familiar inmediata; sin demoras de inscripción No está disponible si su cónyuge no tiene un plan del empleador; depende de las reglas del empleador de su cónyuge; la cobertura termina si su cónyuge cambia de trabajo o se jubila
Medicaid Programa conjunto federal y estatal para personas de bajos ingresos Cobertura gratuita o de muy bajo costo; sin Primas para la mayoría de los inscritos; cubre muchos servicios Los límites de ingresos y bienes varían según el estado; la elegibilidad cambia si sus ingresos aumentan; hay menos Proveedores en algunos estados; la aprobación puede tardar semanas

COBRA: continuación temporal de su plan

COBRA (Ley Ómnibus Consolidada de Reconciliación Presupuestaria) le permite continuar con el plan de salud de su empleador por un tiempo limitado después de que termina su empleo. Usted debe pagar la Prima completa, es decir, tanto su parte como la del empleador, más un pequeño cargo administrativo. Esto normalmente cuesta mucho más de lo que pagaba mientras trabajaba.

COBRA puede darle tiempo para evaluar otras opciones y lo mantiene en un plan conocido. Pero es temporal (hasta 18 meses en la mayoría de los casos) y costoso. Lo más importante es que la cobertura de COBRA no cuenta como "Cobertura Acreditable" que lo proteja de la Penalización por Inscripción Tardía en la Parte B de Medicare.

Medicare: si tiene 65 años o más

Si cumplió 65 años o califica para Medicare por otros motivos, usted es elegible para inscribirse. Medicare tiene varias partes:

Si pierde la cobertura del trabajo y tiene 65 años o más, inscríbase en Medicare de inmediato. Retrasar la inscripción en la Parte B de Medicare sin tener una cobertura aceptable puede causar una penalización permanente en la Prima: un recargo sobre sus Primas de la Parte B que pagará de por vida.

La trampa de la penalización entre COBRA y la Parte B

Advertencia importante: Quedarse con COBRA después de cumplir 65 años no lo protege de la Penalización por Inscripción Tardía en la Parte B de Medicare. Si retrasa su inscripción en la Parte B de Medicare mientras tiene COBRA, tendrá una penalización de por vida del 10% por cada año de retraso cuando por fin se inscriba. Esta penalización es permanente y no se puede eliminar. Guía completa: COBRA y Medicare: por qué COBRA no le permite retrasar la Parte B. Vea también Trabajar después de los 65 y Parte B de Medicare.

El Mercado de Seguros de la ACA: si tiene menos de 65 años

Si tiene menos de 65 años y no califica para Medicare, el Mercado de Seguros de la ACA es una opción importante. Cuando pierde la cobertura del trabajo, entra en un Período Especial de Inscripción de 60 días y puede inscribirse en cualquier plan del Mercado de Seguros. No está limitado a la Inscripción Abierta, y ningún plan puede excluirlo por afecciones preexistentes.

Los planes del Mercado de Seguros siguen las reglas de la Ley de Cuidado de Salud a Bajo Precio. Según los ingresos de su hogar, es posible que califique para Subsidios de la Prima (créditos fiscales) que reducen lo que paga cada mes, o para Subsidios de Compartir Costos que bajan su Deducible y sus límites de gastos de bolsillo. Estos Subsidios solo están disponibles en los planes del Mercado de Seguros, no en COBRA ni en otros planes.

Su elegibilidad para los Subsidios y cuánto recibe dependen de los ingresos de su hogar. Si sus ingresos bajan porque dejó un trabajo, es posible que califique para una ayuda considerable. Puede actualizar la información de sus ingresos en el Mercado de Seguros durante el Período Especial de Inscripción.

Medicaid: si sus ingresos bajan

Cuando termina la cobertura del trabajo y sus ingresos bajan, es posible que de repente califique para Medicaid. La elegibilidad para Medicaid se basa en los ingresos (y a veces en los bienes) y varía mucho según el estado. Algunos estados han ampliado Medicaid para cubrir a más personas de bajos ingresos; otros tienen límites más estrictos.

Si califica, la cobertura de Medicaid puede empezar de inmediato: no hay que esperar a un período de inscripción. Medicaid es gratuito o de muy bajo costo para la mayoría de las personas. Consulte las reglas de Medicaid de su estado o visite Medicaid.gov para ver si califica. Vea también Elegibilidad para Medicaid y Cómo obtener ayuda para pagar para conocer los programas basados en ingresos.

El plan de su cónyuge

Si su cónyuge tiene cobertura de salud a través de su empleador, es posible que usted pueda unirse a ese plan cuando pierda la suya. Esto suele ser más rápido y más barato que otras opciones. Pero solo es posible si:

Si esta es una opción, compare el costo y la cobertura con las otras alternativas. Puede ser su mejor opción.

¿Es su cónyuge quien pierde la cobertura? Si su jubilación o su inscripción en Medicare le quita el seguro a su cónyuge, sobre todo si su cónyuge tiene menos de 65 años y todavía no puede obtener Medicare, vea Planificación para dos: Medicare para parejas para conocer sus opciones y cómo planificar los años intermedios.

Cómo actuar con rapidez: plazos y fechas límite

Perder la cobertura del trabajo es un cambio en la vida que le da un Período Especial de Inscripción, pero el plazo es estrecho:

  1. De inmediato: Avise a su empleador y pida los documentos de COBRA y una carta con la fecha en que termina su cobertura. Los necesitará para comprobar el evento que califica ante Medicare o el Mercado de Seguros.
  2. Dentro de 30 días (o lo antes posible): Si tiene 65 años o más, o es elegible para Medicare, solicite Medicare a través del Seguro Social o de Medicare.gov. No se demore: dejar pasar la fecha límite puede dejarlo sin poder inscribirse hasta el próximo período de inscripción.
  3. Dentro de 60 días, si quiere un plan del Mercado de Seguros: inscríbase a través de HealthCare.gov. Su Período Especial de Inscripción comienza el día en que pierde la cobertura, y después de 60 días ese plazo se cierra.
  4. Medicaid no tiene fecha límite. Puede solicitarlo cualquier día del año a través de la agencia de Medicaid de su estado o de HealthCare.gov, y si califica, la cobertura puede empezar de inmediato. No lo descarte porque hayan pasado 60 días.
  5. Si está pensando en COBRA: Usted debe avisar al administrador del plan dentro del plazo que indica su aviso de COBRA (por lo general, 60 días) para elegir la cobertura de continuación. COBRA es temporal, así que use este tiempo para planificar su próximo paso.

Cómo obtener ayuda

Estas decisiones son complejas, y dejar pasar una fecha límite o tomar una mala decisión puede costarle miles de dólares o exponerlo a penalizaciones. Hay ayuda gratuita disponible:

Qué sucede después

Una vez que se haya inscrito en una nueva cobertura, conozca sus beneficios. Lea con atención los documentos de su plan. Obtener cobertura de Medicare, del Mercado de Seguros o de Medicaid es solo el primer paso. Su Deducible, su Máximo de Desembolso de Bolsillo y su Red de Proveedores dependen del plan que haya elegido.

Guarde la prueba de su inscripción y los avisos que indiquen la fecha en que empieza su cobertura. Los necesitará para sus impuestos y para comprobar su cobertura.

Verifique todo lo que lea aquí: Las reglas de la cobertura de salud cambian cada año, y los detalles varían según el estado y el plan. La información de esta página es material educativo general y no es asesoría legal, financiera ni médica. Siempre confirme su elegibilidad, sus fechas límite y sus opciones con fuentes oficiales: Medicare.gov, HealthCare.gov, Medicaid.gov o la agencia de Medicaid de su estado. Hable con un consejero de SHIP o con un Navegador del Mercado de Seguros si no está seguro de cuál es su próximo paso.
¿Quiere ayuda gratuita e imparcial con esto? Un consejero de SHIP ofrece orientación gratuita e individual sobre Medicare y no vende nada. Para Medicaid, comuníquese con la agencia de su estado. También puede llamar al 1-800-MEDICARE (1-800-633-4227).